10 de marzo de 2011

OBLIGATORIEDAD DE LOS INFORMES DE GESTIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LA JUNTA DIRECTIVA

En todas las Sociedades nuestra Legislación Colombiana exige a los Gerentes Generales, Presidentes, Directores Generales (administradores sociales), al finalizar cada ejercicio social, rendir cuentas de su gestión a la Asamblea o Junta de Socios. En el mismo es responsabilidad de la Junta Directiva constatar el cumplimiento de las normas de propiedad intelectual y de derechos de autor por parte de la sociedad.
Para tal fin, el administrador debe preparar y presentar a consideración de la Asamblea o Junta de Socios un informe de gestión, los estados financieros y un proyecto de distribución de utilidades.
El informe de gestión deberá contener una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación económica, administrativa y jurídica de la sociedad.
El informe deberá incluir igualmente indicaciones sobre: a. Los acontecimientos importantes acaecidos después del ejercicio. b. La evolución previsible de la sociedad. c. Las operaciones celebradas con los socios y con los administradores. d. El estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la sociedad.
El informe deberá ser aprobado por la mayoría de votos de quienes deban presentarlo. A él se adjuntarán las explicaciones o salvedades de quienes no lo compartieren. Aquellos miembros de Junta Directiva que no estuvieren satisfechos con las actividades adelantadas por el representante legal o con las explicaciones contenidas en el informe de gestión, en lo relativo al cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor, deberán formular las salvedades correspondientes, para evitar eventuales sanciones.
Las autoridades tributarias colombianas como la Superintendencia De Sociedades verificarán el estado de cumplimiento de las normas sobre derechos de autor por parte de las empresas.