31 de diciembre de 2010

APROBADA AMNISTÍA para contribuyentes que no presentaron su declaración de retención en ceros.

Tal como lo habíamos expresado en el mes de noviembre, finalmente se aprobó la amnistía para los contribuyentes que no presentaron sus declaraciones de retención en la fuente en ceros, expresando que quienes no hayan cumplido con el deber legal de realizarlo, lo podrán realizar durante los siguientes 6 meses a la promulgación de la Ley. Así lo expresa la Ley:

Ley 1430 del 29 de Diciembre de2010

ARTICULO 20. NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE. Se modifica el parágrafo 2° y se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 606 del Estatuto Tributario, así:

"Parágrafo 2". La presentación de la declaración de que trata este artículo no será obligatoria en los periodos en los cuales no se hayan realizado operaciones sujetas a retención en la fuente.

Parágrafo transitorio. Los agentes de retención que no hayan cumplido con la obligación de presentar las declaraciones de retención en la fuente en ceros en los meses que no realizaron pagos sujetos a retención, desde julio de 2006, podrán presentar esas declaraciones dentro de los seis meses siguientes a la vigencia de esta ley sin liquidar sanción por extemporaneidad.'


Ley 1430 de 2010 http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley143029122010.pdf